Novedades Ley de Tráfico: rebaja edad mínima carné camión a 18 años

Desde el Consejo de Ministros se han aprobado modificaciones publicadas en el BOE este miércoles 11 de noviembre relativas al anteproyecto de Ley de reforma de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Así, se varía el Reglamento General de Circulación y el Reglamento general de Vehículos para incorporar la Directiva de la Unión Europea 2018/645 relativa a las edades para la obtención de los carnés de conducir.

Una de las novedades principales es relativa a las edades para acceder al carné profesional de camión o autobús:

  • Disminución de edad a 18 años para obtener permiso de camiones. Necesario tener el CAP inicial (280 horas) con anterioridad.
  • Disminución de edad mínima a 18 años para conducción de autocares que no lleven pasajeros y con recorrido inferior a 50 kilómetros. Para poder llevar pasajeros la edad mínima sigue siendo de 21 y con CAP inicial (280 horas).

Así la Dirección General de Tráfico (DGT) ofrece una respuesta a un sector, el del transporte por carretera, que lleva demandando esta rebaja de edad para hacer frente a la escasez de conductores desde hace tiempo. De este modo, el cambio de las edades mínimas son los siguientes:

Carné Situación actual Las novedades
C1  para camión de hasta 7,5 ton.
C1+E  para conjuntos articulados de hasta 12 ton.
18 años + CAP inicial mercancías de 140 horas
C  para camión rígido en general
C+E para conjuntos articulados
21 años + CAP inicial mercancías de 140 horas 18 años + CAP inicial mercancías modalidad ordinaria 280 horas
D1 para bus hasta 16 pasajeros
D1+E para bus 16 pasajeros más remolque hasta 750 kilos
21 años + CAP inicial viajeros de 140 horas 18 años + CAP inicial viajeros modalidad ordinaria 280 horas, pero no se puede salir al extranjero hasta que no se cumplan 21 años
D para bus
en general
D+E para buses articulados
24 años + CAP inicial viajeros de 140 horas – 21 años + CAP inicial viajeros modalidad ordinaria 280 horas.
– 21 años + CAP inicial viajeros modalidad acelerada 140 horas para transporte de viajeros en servicio regular con distancias no superiores a 50 kilómetros.
– 23 años + CAP inicial viajeros modalidad acelerada 140 horas.
– Solo para territorio nacional y hasta que el titular tenga 21 años cumplidos:
a) 18 años + CAP inicial viajeros modalidad ordinaria 280 horas si el transporte es sin pasajeros y con pasajeros solo en servicios regulares de no más de 50 kilómetros; y,
b) 20 años + CAP inicial viajeros modalidad ordinaria 280 horas.

Asimismo, las personas con problemas de movilidad en el sistema locomotor podrán realizar las pruebas para la obtención del carné de camión o autobús siempre que la valoración médica y mecánica les posibilite efectuar dichas funciones.

Aumento en la pérdida de puntos del carné

Otra de las novedades que se implantan tiene relación con el objetivo de reducir en un 50% el número de fallecidos y heridos en accidentes de tráfico. Para ello la reforma de la Ley de Tráfico afecta a los permisos, licencias de conducir y puntos de la siguiente forma:

  • Aumento de 3 a 6 puntos por circular utilizando teléfono móvil.
  • Aumento de 3 a 4 puntos por no utilizar cinturón de seguridad, casco o sistemas de retención infantil.
  • Se considerará infracción grave “llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros”: 500 euros y pérdida de 3 puntos.
  • No se podrán rebasar en 20 km/h la velocidad máxima permitida en carreteras convencionales para adelantar.
  • Se podrán recuperar hasta dos puntos por realizar cursos sobre conducción segura certificados por la DGT.
  • Dos años el plazo para recuperar el saldo inicial de puntos.
  • Infracción muy grave: cometer fraude en la obtención de exámenes de conducir con dispositivos de intercomunicación no autorizados: 500 euros y 6 meses sin poder presentarse a examen.
  • Acceso online de las empresas de transporte al registro de conductores para conocer en qué estado está el permiso de conducir de sus trabajadores.

Novedades Ley de Tráfico urbano: 20 y 30 km/h en ciudades

En materia de tráfico urbano se han delimitado nuevos límites de velocidad en ciudades. La aplicación entrará en vigor en 6 meses:

  • 20 km/h velocidad máxima en vías urbanas con plataforma única de calzada y acera.
  • 30km/h velocidad máxima en vías urbanas con un único carril por sentido de circulación.
  • 50 km/h velocidad máxima vías urbanas con dos o más carriles para cada sentido.

Por su parte, La Ley de Tráfico regula también a los vehículos de movilidad personal de una o más ruedas y motor eléctrico que puedan circular entre 6 y 25 km/h deben cumplir las siguientes modificaciones:

  • Prohibida la circulación por aceras y zonas peatonales.
  • Aplicación de las mismas normas de circulación que al resto de vehículos.
  • Prohibida la circulación por vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías dentro de poblado y túneles urbanos.
  • Deben disponer de un certificado de circulación que acredite los requisitos técnicos que aprobará la DGT mediante resolución
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