¿Qué cubre y qué no cubre el seguro del coche?
Por todos es sabido que cualquier vehículo que circule deberá tener el seguro obligatorio en regla. Del mismo modo, por regla general, cualquier conductor que adquiera un vehículo nuevo tiende a querer coberturas más amplias. Mientras que la elección de la póliza de seguros se realiza comúnmente basándose en el precio y la cobertura que se proporciona. Por ello, antes de la contratación, se deberá realizar una buena comparación entre las compañías, precios y coberturas.
Para ello, sin entrar a vicisitudes propias de cada compañía aseguradora, se establecen tres tipos de seguros:
- Terceros: supone el mínimo de coberturas y es el obligatorio que cubrirá la responsabilidad civil del conductor frente a terceros. Incluye defensa jurídica y reclamación de daños, así como normalmente seguro de accidente y asistencia en carretera. Eso sí, si bien se puede ampliar con coberturas como robo o incendio, cada compañía tendrá diferencias en las coberturas.
- Todo riesgo con franquicia: a un precio menor que el tipo de seguro “a todo riesgo” dado que el conductor tendrá que asumir parte del riesgo. Existe una cantidad de la que se hará cargo el seguro en un siniestro y, en la diferencia, el gasto deberá realizarlo el asegurado.
- Todo riesgo: ofrece una cobertura más amplia, pese a que cada compañía de seguros tiene coberturas cambiantes en sus paquetes según servicios e indemnizaciones.
Lo que no cubren los seguros
Daños causados de forma voluntaria
Si el conductor, asegurado, tomador, propietario o familiares realizan daños voluntarios en el vehículo y se comprueba, el seguro no se hará cargo. Eso sí, en caso de evitar un mal mayor (por ejemplo: accidente de tráfico) se convertirá en excepción. Del mismo modo, la simulación de siniestro o falsedad intencionada también llevará a perder la cobertura.
Conducir bajo los efectos del alcohol y de las drogas
Una tasa de alcoholemia superior a la establecida por la ley y positivo en drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas que sean causa determinante y/o concurrente del accidente llevarán a la negación por parte de la aseguradora de indemnización.
Desastres naturales
Los daños causados por la naturaleza recaerán en el Consorcio de Compensación de Seguros y se incluirá la indemnización en caso de siniestro total. Del mismo modo que, en tiempos de paz, un siniestro por acciones militares o atentado.
Cometer delito
Si el vehículo se ha utilizado para realizar un delito contra personas o bienes, o si el siniestro se realiza por mala fe del asegurado, tomador, conductor autorizado, propietario o familiares.
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