¿Por qué pueden inmovilizarme el coche?
Desde el año 2014 que se realizó la reforma de la Ley de Seguridad Vial, se incorporaron nuevas causas de inmovilización de vehículo por parte de las autoridades. Esta situación se realizará en el lugar que los agentes lo indique con los consiguientes gastos a cuenta del conductor. En casos que requieran una modificación o reparación del coche, tan solo se levantará la inmovilización en caso de que un taller designado por los agentes refrende que se ha corregido el error.
Motivos por los que se puede inmovilizar un vehículo:
Alcohol o drogas
En el caso de que el conductor haya ingerido alcohol o drogas por encima de lo permitido y ningún acompañante cumpla los requisitos para suplir al mismo.
Antiradares
La comprobación de que el vehículo lleva incorporado algún mecanismo o sistema que impida la vigilancia de los agentes de Tráfico y de los medios de control. Por ejemplo: detectores y/o inhibidores de radares.
Deficiencias del coche
Presentar algún tipo de anomalía en el vehículo que suponga un riesgo grave para los demás: circular sin faros, sistema de frenado, golpes visiblemente graves o con ITV negativa.
Emisiones
En el caso de que el vehículo emita niveles superiores a los permitidos en términos de gases, humos y ruido.
Exceso de tiempo en la conducción
Relativo a conductores profesionales. En el caso de que se superen los máximos permitidos de conducción y no se hayan respetado los tiempos de descanso.
Manipulación de dispositivos de control
Si se puede comprobar o existe algún tipo de sospecha la manipulación de algún elemento de control, como tacógrafo o limitador de velocidad en algunos vehículos de transporte.
Sin autorización
Cuando el vehículo no disponga autorización administrativa para circular.
Sin casco
En caso de que conductor o pasajero en moto o ciclomotor no disponga de casco. Dicha medida no se aplicará a ciclistas sin casco. Principalmente en casco urbano, donde cualquier ciclista no está obligado a llevar casco.
Sin seguro
La comprobación de que no se dispone póliza en vigor llevará a la inmovilización del vehículo.
Sin sillita
Los sistemas de retención infantil (SRI) deberán ser reglamentarios, por lo que si se lleva a un niño sin sillita se procederá a la inmovilización.


